Columna de Opinión:

por Nicole A. Alegría. 

Técnico Jurídico

Estudiante 5° año de Derecho → Universidad Pedro de Valdivia, La Serena.

El Cheque, ¿Lo conocemos bien?

Al menos todos hemos visto uno, alguna vez, pero la gran mayoría no sabemos cómo rellenarlo, pero aquí aprenderemos.

El Cheque, tiene una relevante importancia jurídica, al ser uno de los instrumentos más utilizados en las últimas décadas, el cual moviliza los recursos de forma representativa en dinero, a través del sistema Bancario.

 Su regulación se encuentra en la Ley Sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, singularizada en el Decreto con Fuerza de Ley número 707, específicamente a partir, su conocimiento del artículo 10.

La principal función de esta columna es que aprendamos a reconocer sus partes y las formas en que puede ser extendido.

Partes del Cheque

  1. Número de serie-sucursal: Información correspondiente al número de serie del cheque en el talonario y sucursal del banco a la que pertenece la cuenta.
  2. Número del cheque.
  3. Nombre del titular: Información correspondiente al titular de la cuenta corriente (nombre y apellido o sociedad).
  4. Serie del cheque.
  5. Monto: Es donde indicamos, en números, la cantidad de dinero que autorizamos a retirar.
  6. Código del Banco.
  7. Código de la sucursal.
  8. Fecha: Indicamos aquí la fecha de emisión y/o autorización de cobro.
  9. O al portador: se detalla si el cheque es libre de cobro o de la persona especificada.
  10. Firma: Corresponde a la firma del titular de la cuenta corriente.
  11. Código: Porta toda la información correspondiente al cheque (N° de serie y N° de cuenta corriente). Es la que utilizan los lectores computacionales de cheques de los bancos para leerlos
  12. Código: Este código porta toda la información correspondiente al cheque (N° de serie). Es la que utilizan los lectores computacionales de cheques de los bancos para leerlos.
  13. La suma de: Se específica ahora, en palabras y se singulariza la cantidad.
  14. Páguese a la orden de: Indicamos la persona o institución autorizada a cobrarlo.

Clasificación

Cheque al portador:

Es aquel que lleva la frase “al portador”, este se caracteriza, solo por la entrega, es decir si no se tachan las palabras impresas “al portador”, el cheque puede ser cobrado por cualquier persona que lo presente a cobro, el Banco tiene la obligación de pagarlo, siempre que naturalmente, este girado en la forma y cumpliendo los requisitos que estime la ley.

Cheque a la orden:

Se caracteriza por las palabras “páguese a la orden” que lleva, lo cual sólo puede ser cobrado por el beneficiario, este lo hace trasferible por el solo endoso, es decir, escribir su firma en el dorso del cheque, en este caso, cualquier persona puede cobrarlo como si fuera al portador. La expresión al portador, tiene que ir necesariamente borrada o tarjada.

Cheque nominativo:

Este cheque se caracteriza por el hecho, de que el formulario en que está extendido el cheque, figura borrado conjuntamente, las palabras “a la orden” y “al portador”. Esta circunstancia hace  que el cheque deje de ser transferible y solo podrá pagarse a la persona a cuyo nombre fue girado.

Cheque cruzado o para depósito:

El cheque cruzado en su adverso por dos líneas paralelas y transversales no puede ser presentado al pago sino por un Banco, el cual impide que el cheque sea cobrado en dinero en efectivo, sino que este sea depositado en otra cuenta corriente.

El cheque cruzado es un medio protector del pago. Evita en gran parte el peligro de suplantación y de falsificación.

En esta oportunidad nuestra intención es, ilustrar como se ve un cheque y las formas en que lo podemos encontrar, para que el día que tengamos que utilizarlo, sepamos reconocer sus partes o extenderlo en la forma adecuada.

Debo reconocer que, si antes de esta columna, me hubieran pedido rellenar uno, no lo  hubiese podido hacer, eso habla de la poca enseñanza que se nos da referente a este instrumento, pero ahora ya sabemos realizarlo de manera apropiada, dándole la importancia que se merece, al ser un instrumento jurídico y su relevancia para la buena marcha de un Banco que a su vez, logra el desarrollo e incremento de nuestra sociedad a través del flujo económico, del cual es parte integrante el Cheque.

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