Columna de Opinión:
por Nicole A. Alegría.
Técnico Jurídico
Estudiante 5° año de Derecho → Universidad Pedro de Valdivia, La Serena.
Quizás para algunos es el sueño más anhelado, para otros una lucha de vida casi con miras inalcanzables, pero sin duda el sueño de la casa propia es una meta a la cual todos aspiramos llegar algún día, entonces la pregunta es ¿Cómo concretar este sueño de la mejor forma y más informada posible?
Porque hay que tener en claro los pasos a seguir, los que serán indicados en los párrafos que siguen, pero ¿Por qué traemos a la palestra este tema? sin duda no queremos que la expectativa de adquirir una propiedad se torne en un momento desagradable debido a gente sin escrúpulos, que espera para aprovecharse de las ansias de otros, que depositan todo su esfuerzo y sacrificio de años, en manos de gente que sólo busca la oportunidad de engañar y enriquecerse a costa de los demás, sin remordimiento alguno.
Consideramos que es un tema importante de tratar, debido al desconocimiento o falta de cultura jurídica respecto de los trámites al comprar y vender una propiedad, lo podemos percibir el día a día por el número de personas que se acercan a nuestro estudio jurídico manifestándonos tener nulo conocimiento sobre aspectos legales elementales o bien por sus dichos, nos damos cuenta evidentemente que estamos frente a un caso de estafa, en que la persona aún no logra darse cuenta en la problemática que se encuentra inmersa, lo cual es tremendamente lamentable informarle.
Lo primero es saber cuáles son las clases de posibles estafas que se configuran para no caer en el engaño, damos a conocer alguna de estas:
- La múltiple venta del bien: El delito de doble o múltiple venta de cosa inmueble (casa, terreno, etc.), consiste en la ficción de la propiedad sobre un bien inmueble, por haberse transferido el dominio del mismo sólo al primer comprador que inscribe la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, esto quiere decir que el “estafador” citará en distintas notarias, días y horarios a personas para que firmen la escritura, la cual la primera de ellas que la vaya a inscribir será dueña y todos los demás no, viéndose perjudicados no tan sólo por perder el sueño de la casa propia sino también de la pérdida del valor de la cosa supuestamente comprada y que no fue recibida.
- La venta de cosa ajena: quién atribuyéndose falsamente ser dueño o tener algún título sobre la propiedad pero no lo es, o bien por haberla ya ejercitado (la enajenó).
- Ocultación de gravámenes: Consiste en vender una cosa inmueble ocultando la existencia de cualquier carga o prohibición que sobre ellos existan como si se encontrara libre, en perjuicio del adquirente con el ánimo de obtener un beneficio, que produce un perjuicio económico a los compradores.
- Simulación de contrato: Por último, al que otorgare en perjuicio de otro un contrato simulado, entendido como aquel en el que hay una discrepancia consciente entre la voluntad expresada y la interna del vendedor y que perjudica al comprador, al que evidentemente se le engaña, por ejemplo: el comprador cree que está adquiriendo el 100% de la propiedad, ósea ser el único dueño pero lo que en realidad está firmando en la escritura, son sólo derechos, siendo por tanto el contrato que se formaliza plenamente una pura ficción al servicio del fraude. Por tanto, es importante tener en cuenta aquí que no es lo mismo comprar “derechos” sobre una propiedad, que comprar la propiedad.
La gran solución para evitar todo este tipo de engaños o malos entendidos es realizar un Estudio de Títulos, quizás muchos han escuchado hablar de este tecnicismo, pero no conocen su trasfondo, que en realidad consiste en un análisis que se lleva a cabo sobre los antecedentes legales de la propiedad que será objeto de la operación, este estudio lo realizan sus abogados en el Conservador de Bienes Raíces en donde se encuentre ubicada la propiedad. A través de este, se verifica quién es el actual dueño, quienes fueron los dueños anteriores, los planos, sus deslindes y por sobre todo el estado legal de la propiedad que se quiera vender o comprar. Se podría decir que es una especie de “diario de vida” de la propiedad, la cual nos entrega la información fidedigna del bien raíz.
Una vez realizado el estudio, se tiene la certeza de que todo se encuentra en orden, y se puede pasar a la siguiente fase donde se debe cumplir la primera solemnidad requerida por la ley que es firmar una escritura pública de compraventa ante notario, y en algunos casos antes de firmar la compraventa se firma una promesa de compraventa.
La segunda solemnidad requerida por la ley, es que una vez retirada la escritura pública de la notaría, inmediatamente se DEBE inscribir en el Conservador de Bienes Raíces. ¡Ojo! No cometa el error de creer que por el sólo hecho de firmar en la notaría es dueño, esto no es así.
Después de un plazo aproximado de 2 semanas y media (sólo es un tiempo estimativo debido que todos los Conservadores a lo largo del país trabajan de forma diferente), el Conservador le hace entrega de la inscripción de la propiedad y ahí usted es ¡Dueño!
Entonces, antes de comprar una casa y cumplir el sueño de su vida, es mucho mejor cerciorarse, y ser acompañado en este proceso. Existimos estudios jurídicos responsables que nos encargamos de ello, y de velar por usted en que este paso tan ansiado no se convierta en una pesadilla de la que puede tomar años salir, sólo por apresuramiento, o falta de información. Usted merece que sus ahorros, sus negocios se transen en buenas manos, y para eso es necesario asesorarse. Porque en este caso y más que en muchos otros, el dicho de que “vale más prevenir que curar” es realmente cierto.